Accidentes del Tránsito (Daños en Choque)

Lo que debe Saber

Daños en Choque por Accidentes del Tránsito  

En las denuncias por accidentes de tránsito, de acuerdo con la Ley N° 18.287, se deben tener presente las siguientes normas:

1.- En primera audiencia cuando el conductor ha sido citado por Carabineros se le dará lectura al Parte, para seguidamente tomarle la declaración al afectado a fin de que ratifique o amplíe el denuncio.

2.- De la misma manera se interrogará al denunciado si hubiese comparecido.

3.- Respecto de los derechos de las partes, el tribunal informará y hará saber al declarante el derecho legal que le asiste para perseguir el pago por sus daños y perjuicios, debiendo presentar oportunamente la respectiva demanda patrocinada por un abogado, responsabilizándose y quedando informado de accionar a la brevedad (Dentro del plazo de 3 meses) y asumir desde ese mismo momento el impulso procesal correspondiente para lograr una reparación de daños y perjuicios reclamados.

4.- Posteriormente al ser citadas las partes al comparendo de contestación y pruebas, deberán comparecer con todos sus medios de pruebas y dicha audiencia que se celebrará con las partes que asistan.

5. La lista de testigos deberá presentarse, a más tardar, antes de las 12:00 horas del día anterior al comparendo de contestación y prueba.

6. Para el caso que el afectado por el accidente decida entablar demanda civil cobrando indemnización por los daños y perjuicios sufridos, deberá presentarla por escrito ante este mismo tribunal y debe acompañar las copias necesarias para notificar a su contraparte. Corresponde tener presente que la notificación de la Demanda Civil deberá practicarse, a más tardar, 3 días hábiles antes del comparendo decretado.

7.- En los juicios en que se litiga sobre regulación de daños y perjuicios, se deberá comparecer patrocinado por abogado habilitado para el ejercicio profesional y constituir mandato judicial.


Es importante que el afectado en la primera declaración tenga en cuenta lo siguiente:

-Efectuar una relación precisa, clara y detallada de los hechos,  individualizando correctamente al vehículo propio, indicando Placa Patente, acreditando la respectiva propiedad y describiendo las características que este tenga.

-Proporcionar correctamente su individualización personal, teléfono  y correo electrónico personal, donde se le notificarán las resoluciones que expida el tribunal.

Asimismo, proporcionar los datos del o los vehículos participantes del hecho, y si es que la tuviere, la identidad o individualización del o los denunciados y domicilios, donde se les pueda notificar a aquellos las resoluciones que expida el tribunal.

-Indicar el avalúo o tasación aproximado de los daños.

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